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Ya se puede pedir el Subsidio extraordinario para empleadas o empleados de hogar (SEEH)


¿Quiénes lo pueden pedir?

Aquellas personas que antes del 14/03/2020, estaban dadas de alta en la seguridad social como Emplead@s de Hogar.

Cuantía y duración del subsidio

La cuantía será del 70% de la base reguladora aplicada por contrato y compatible con otros ingresos hasta salario mínimo interprofesional.

La duración será desde que causa baja del empleo o disminuye horarios de trabajo hasta el fin del estado de alarma.

¿Cómo se puede pedir?

Si dispone de DNI electrónico, certificado digital o usuario cl@ve puede solicitarlo a través de la SEDE ELECTRÓNICA del SEPE.

Si no, es necesario:

  • Descargar y rellenar el formulario de la solicitud.

  • Fotocopia del DNI o NIE trabajador/a y empleador/a.

  • Descargar y rellenar el formulario de la declaración responsable del empleador (tantas declaraciones responsables como empleadores tenga).

  • Informe de vida laboral si se ha producido baja en la Seguridad Social.

  • Si se ha seguido trabajando, aportar la declaración responsable del empleador con los ingresos netos recibidos.

La presentación de la solicitud, acompañada de los documentos necesarios, podrá presentarse en las oficinas de correos y se dirigirá a la Unidad Subsidio Empleadas Hogar-Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal- Calle Condesa de Venadito Nº9, 28027-Madrid.

Para ampliar la información sobre el subsidio extraordinario pincha aquí.

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